A partir del 1 de junio termina la interrupción del cómputo de los plazos para la renovación de la acreditación de las titulaciones
Como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, a partir del 1 de junio de 2020 se levanta la suspensión de los plazos y la interrupción de los plazos administrativos.
La Disposición derogatoria única del RD 537/2020 afecta a los plazos relativos a la renovación de la acreditación de titulaciones oficiales universitarias que quedaron interrumpidos desde el 14 de marzo de 2020, como consecuencia del decreto del estado de alarma.
Dado que ha finalizado esta interrupción, los plazos para la renovación de las acreditaciones mencionadas se reanudan a partir del 1 de junio de 2020. Por consiguiente, al período comprendido entre el 14 de marzo hasta el 31 de mayo de 2020, ambos incluidos, se deberá añadir a la fecha máxima de acreditación de las titulaciones.