Enero 2010
La Comisión de Evaluación de la Investigación ha establecido los criterios específicos para la evaluación de la actividad de investigación del personal docente y investigador de las universidades públicas de Catalunya para la asignación de los complementos adicionales por méritos de investigación. La resolución IUE/3543/2009, de 4 de diciembre, da publicidad a estos criterios.
Los méritos de investigación se evalúan por tramos, cada uno de los cuales debe acoger seis años de investigación, entendiendo por año un año natural completo (del 1 de enero al 31 de diciembre). Sólo las fracciones anuales iguales o superiores a ocho meses se computarán como un año natural. Los años que forman un tramo pueden ser consecutivos o no, excepto en el supuesto de evaluación única, en el cual deben ser necesariamente consecutivos.
Por otra parte, la resolución IUE/3549/2009, de 9 de diciembre, da publicidad al procedimento y los plazos de evaluación de la actividad investigadora del personal docente y investigador funcionario y contratado para periodos que hayan finalizado como máximo el 31 de diciembre del 2009. Así, los plazos fijados para la presentación de las solicitudes son los siguientes: