Este mes de abril se activó a toda prisa la audiencia pública de una propuesta de modificación del Real Decreto 640/2021, que se ocupa de la creación, el reconocimiento y la autorización de universidades y centros universitarios, y de la acreditación institucional de centros universitarios, y de otras normas conexas del mismo rango. Se podría pensar, a priori, que sería una modificación focalizada en los criterios necesarios para la creación de nuevas universidades, pero, en la práctica, afecta también a la acreditación institucional y otros temas que en ningún caso pueden considerarse menores.
Sabe mal —no dejaremos de decirlo— situar el aseguramiento de la calidad universitaria en escenarios de reformas tan frecuentes. La reforma propuesta complica algunos aspectos técnicos relativos a la acreditación institucional. Centraré mi comentario en uno de estos aspectos de la propuesta de modificación: el sistema interno de garantía de la calidad (SIGC). Un tema que es clave para la acreditación institucional y que en el sistema universitario catalán se ha trabajado intensamente en los últimos años. Genera preocupación que la propuesta de modificación de la ley fije plazos para la certificación del diseño del SIGC. Desde mi punto de vista, no es un planteamiento realista. O, en todo caso, los plazos deberían ser muy amplios. Se trata de un tema crítico y complejo que requiere un largo período de implantación, adaptación y maduración para que pueda incidir eficazmente en la calidad académica de los títulos que imparten las instituciones de educación superior. La modificación del Real Decreto 640/2021 se refiere a este tema, tanto para las nuevas universidades como para los centros adscritos y los centros extranjeros. Esperamos que el redactado final de la modificación sea sensible a esta cuestión.
Sabe mal —no dejaremos de decirlo— situar el aseguramiento de la calidad universitaria en escenarios de reformas tan frecuentes
Cuando me incorporé a la Agència en noviembre de 2021, este Real Decreto 640/2021 hacía poco que se había aprobado. El anterior director me dijo, o yo entendí, que el aseguramiento de la calidad universitaria era una actividad en la que las guías metodológicas y las directrices establecidas permiten trabajar con perspectiva y evidenciar la importancia de la mejora continua de la actividad universitaria a partir de un marco estable. Pero se acababa de aprobar, en septiembre de 2021, el Real Decreto 822/2021 y las turbulencias aparecieron. La adaptación al Real Decreto 822/2021 fue compleja (he hablado sobre este tema en editoriales anteriores de este boletín). Y cuando empezábamos a entrar en régimen de cierta estabilidad vino la LOSU. Y cuando, al inicio de este 2025, empezábamos a tener la adaptación de la LOSU razonablemente bien encarada, apareció esta propuesta de modificación del Real Decreto 640/2021.
Cierro con un epílogo personal. Mi mandato como director de AQU Catalunya empezó de forma abrupta por un real decreto. Ahora, cuando se acerca el fin del mandato, el próximo mes de septiembre, ya se ve que acabaré mi trabajo en AQU Catalunya dejando al próximo director una nueva necesidad de adaptación legal en el horizonte. Afortunadamente, en los últimos años, en la Agencia hemos ido consolidando una notable capacidad de adaptación a los cambios legislativos y hemos aprendido a no desanimarnos fácilmente. Estos aprendizajes nos servirán, sin duda, para salir adelante y seguir trabajando para contribuir a la mejora de la calidad del sistema universitario catalán como hemos hecho siempre.