Hagan ustedes las leyes y déjenme a mí los reglamentos
Un mal entendido principio de igualdad deriva en normas uniformadoras que amenazan innecesariamente las competencias y capacidades de las universidades y de las Administraciones autonómicas.

Publicación trimestral de AQU Catalunya
Un mal entendido principio de igualdad deriva en normas uniformadoras que amenazan innecesariamente las competencias y capacidades de las universidades y de las Administraciones autonómicas.
La autonomía de las universidades en España es muy limitada, como muestran reiteradamente los indicadores del University Autonomy Scorecard que la European University Association (EUA) elabora desde 2011. En la cuarta edición, publicada en 2023, el sistema universitario español se encuentra en el último cuartil: 28.º de 35 en autonomía organizativa; 24.º en autonomía financiera; 27.º en autonomía en políticas de personal y 19.º en autonomía académica. La Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) ha supuesto la última oportunidad de modernización y, en gran medida, es una oportunidad desperdiciada.
Las dificultades en la elaboración y aprobación de la LOSU acabaron generando una ley conservadora, que no hace que la autonomía universitaria avance en los aspectos fundamentales recogidos en la Scorecard de la EUA y que, por el contrario, introduce no pocos elementos restrictivos, con un marcado espíritu uniformador. Con todo, su despliegue normativo podría hacerse con la voluntad de ampliar las cotas de autonomía allí donde sea posible. Pero la impresión que transmiten las normas propuestas por la Administración del Estado es de que se va en sentido contrario. Un mal entendido principio de igualdad deriva en normas uniformadoras que amenazan innecesariamente las competencias y capacidades de las universidades y de las Administraciones autonómicas.
La Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) ha supuesto la última oportunidad de modernización y, en gran medida, es una oportunidad desperdiciada.
Ahora tenemos sobre la mesa dos propuestas del gobierno del Estado que recuerdan demasiado a aquello que se le atribuye a Romanones ante las Cortes: "Hagan ustedes las leyes y déjenme a mí hacer los reglamentos", y que sirve para ilustrar la situación.
En el proyecto de real decreto que modifica el Real Decreto 640/2021 y otras normas conexas, se pretenden revisar y, en cierto modo, endurecer los requisitos para la creación de nuevas universidades. Una intención plenamente justificada, dada la proliferación de universidades privadas en determinadas comunidades autónomas. Entre las nuevas medidas, está la obligación de que la comunidad autónoma solicite un informe preceptivo y vinculante, de oficio, a su agencia de calidad, si tiene, y si no, a la ANECA. Hasta aquí, puede parecer razonable, aunque atribuye a las agencias un papel de control que no les es propio según los Estándares y directrices para la garantía de la calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (ESG). Pero lo que ya entra en el terreno de la incorrección, y refleja que no se acaba de creer y/o entender el aseguramiento de la calidad, es que el mismo artículo establezca, de manera uniforme, que las agencias tendrán que crear una comisión de evaluación específica y, aún más grave, que defina el perfil de los miembros y su sistema de selección (por sorteo a partir de un único conjunto estatal de personas elegibles). El Espacio Europeo de Educación Superior se fundamenta en la confianza mutua entre agencias de calidad que actúan con criterios comunes (los ESG), pero con plena independencia técnica y autonomía. Si estas condiciones se pierden, el sistema perderá la confianza en ellas: una agencia en esta situación podría no superar la evaluación de ENQA y, por tanto, ver comprometida su inscripción en el EQAR, condición imprescindible para poder hacer evaluaciones oficiales en España.
La propuesta actual, si se aprueba, regularía incorrectamente para todo el Estado y habilitaría, también incorrectamente, a la ANECA para acreditar las figuras catalanas de agregado y catedrático. Esto podría comprometer seriamente la futura calidad de nuestro profesorado.
El segundo ejemplo, bien candente, es la propuesta de decreto que regula el procedimiento de acreditación del profesorado permanente laboral (PPL) por parte de la ANECA. El PPL se ha desarrollado ampliamente en Cataluña, y también de manera apreciable en Euskadi, pero prácticamente en ninguna otra parte del Estado. La definición de una carrera académica completa por vía contractual ha sido un éxito en nuestro país, con agregados y catedráticos que trabajan codo con codo con titulares y catedráticos funcionarios en plena igualdad y sin tensión alguna. La LOSU ha querido extender este modelo a todo el Estado (algo innecesario, dado que es evidente que ya era posible con la Ley Orgánica de Universidades), e invita a desarrollar esta doble vía en todas partes. Evidenciando respeto por el trabajo hecho en Cataluña y Euskadi, la LOSU deja claro en el artículo 85 lo siguiente: "El acceso del personal docente e investigador laboral a las plazas de Profesora y Profesor Permanente Laboral y, en su caso, la promoción dentro de dicha modalidad contractual exigirá la obtención previa de una acreditación, de acuerdo con la normativa de la Comunidad Autónoma", y también que "Las Comunidades Autónomas deberán regular el procedimiento de acreditación. Tal acreditación se realizará por parte de las agencias de calidad autonómicas o, en su caso, de la ANECA".
Es decir, corresponde a cada comunidad regular sobre el acceso a las figuras de PPL y este "en su caso, de la ANECA" es evidente que se refiere al caso de las comunidades que carecen de agencia propia.
Pues bien, la propuesta actual, si se aprueba, regularía incorrectamente para todo el Estado y habilitaría, también incorrectamente, a la ANECA para acreditar las figuras catalanas de agregado y catedrático. Esto podría comprometer seriamente la futura calidad de nuestro profesorado, teniendo en cuenta las diferencias objetivas que hoy pueden observarse después de más de veinte años de vigencia de la Ley de Universidades de Cataluña y de nuestro propio sistema de acreditación.
Hay otros muchos detalles preocupantes en estas dos propuestas de decreto, pero los que hemos expuesto son suficientes para manifestar la inquietud ante la aplicación del "espíritu Romanones". Desde AQU Catalunya se han hecho llegar al Ministerio todas las consideraciones y alegaciones pertinentes, pero es sobre todo el conjunto del sistema universitario catalán quien puede tener incidencia haciendo oír su voz.