Desde la creación de AQU Catalunya como consorcio en 1998, la evaluación de la docencia ha estado presente de forma continuada en su catálogo de actividades. A modo de ejemplo, la Agencia elaboró en 2001 el Marco general de la evaluación del profesorado, que contenía una reflexión sobre cómo abordar la evaluación docente. Asimismo, la calidad de la dimensión docente ha formado parte, de forma sistemática, de las evaluaciones institucionales de la calidad.
Con la aprobación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU, 2001) se puso en marcha la vía contractual del profesorado y el sistema de acreditaciones previas. En Cataluña, este modelo se materializó con la Ley de Universidades de Cataluña (LUC, 2003) y con la creación de las figuras de profesorado lector, profesorado agregado y catedráticos y catedráticas. En este marco, únicamente la acreditación inicial de profesorado lector incorporaba la evaluación de la dimensión docente, mientras que las otras dos se basaban exclusivamente en criterios de investigación. La evaluación de la docencia quedaba, por tanto, bajo el criterio de la universidad contratante.
A lo largo de más de veinte años, se han realizado más de quince mil evaluaciones individuales. La práctica totalidad del Sistema Universitario de Cataluña dispone de universidades con manuales de evaluación docente acreditados por la Agencia.
Sin embargo, desde el año 2003, AQU Catalunya ha impulsado el programa de los manuales de evaluación docente, que ha permitido a las universidades dotarse de modelos institucionales, sistemáticos y formalizados de evaluación de la actividad docente del profesorado. Este programa, superada una primera fase experimental, evolucionó y el 2008 las universidades públicas, de acuerdo con el planteamiento consensuado por los principales agentes y aprovechando la experiencia acumulada, ajustaron los manuales de evaluación docente de cara a una nueva certificación. Esta certificación de los manuales conlleva el reconocimiento de las evaluaciones que realizan las universidades en cuanto a la concesión de retribuciones adicionales al profesorado.
Con la aprobación del Decreto 405/2006, de 24 de octubre, el programa entró en una fase de consolidación con consecuencias sobre la concesión de retribuciones adicionales y ha sido posible que, a lo largo de más de veinte años, se hayan realizado más de quince mil evaluaciones individuales y que la práctica totalidad del Sistema Universitario de Cataluña disponga de universidades con manuales de evaluación docente acreditados por la Agencia. Así, la Agencia cuenta con una comisión específica que vela por la valoración de los méritos individuales de docencia y gestión del personal docente e investigador, funcionario y contratado, para la asignación de los complementos retributivos; la acreditación de los sistemas y procedimientos de evaluación de la calidad de las universidades que se refieren a la función docente del profesorado y la emisión de informes de valoración y evaluación de los méritos individuales.
Cabe añadir ANECA (2007) adoptó esta forma de proceder, al poner en marcha el programa DOCENTIA a nivel estatal. En este sentido, AQU Catalunya y ANECA disponen de un convenio de reconocimiento mutuo.
Los nuevos criterios de acreditación adaptados a la LOSU
La aprobación de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU, 2023) ha supuesto un cambio sustancial en el modelo de acreditación del profesorado. En el nuevo marco normativo, la dimensión docente debe estar presente obligatoriamente en la evaluación y, por tanto, debe incorporarse a las acreditaciones de todas las figuras de profesorado. Es decir, la docencia es objeto de una evaluación específica y no se puede compensar con otras dimensiones. Esto implica que, para obtener una acreditación, es necesario superar de forma independiente los bloques de investigación y de docencia. Este planteamiento representa una ruptura significativa con la tradición anterior del Sistema Universitario de Cataluña, en la que la prioridad consistía en la dimensión investigadora.
La Comisión de Evaluación de la Investigación (CAR), a propuesta de la Comisión de Política Docente Universitaria del Consejo Interuniversitario de Cataluña, ha aprobado los umbrales mínimos de actividad docente exigidos para la acreditación: 4 años y 30 créditos para la figura de agregado y 10 años y 140 créditos para las de catedrático, con las excepciones previstas. En consecuencia, para obtener una acreditación adaptada a la LOSU debe acreditarse necesariamente un mínimo de actividad docente.
Los nuevos criterios también contemplan mecanismos específicos que permiten flexibilizar los umbrales cuantitativos de docencia en el caso de perfiles dedicados intensivamente a la investigación. En estos supuestos, la CAR puede emitir una acreditación aunque no se alcancen los umbrales docentes establecidos, siempre que la persona solicitante presente méritos de investigación excepcionales.
Para obtener una acreditación, es necesario superar de forma independiente los bloques de investigación y de docencia. Este planteamiento representa una ruptura significativa con la tradición anterior del Sistema Universitario de Cataluña, en la que la prioridad consistía en la dimensión investigadora.
En este contexto, cabe destacar que las agencias de calidad pueden reconocer las evaluaciones docentes que han realizado las universidades que disponen de manuales de evaluación docente acreditados. Se trata de una buena práctica que genera economías de escala: las universidades evalúan la docencia mediante instrumentos acreditados y, posteriormente, las agencias pueden reconocer estas evaluaciones, de forma que se evita que las comisiones de acreditación deban volver a evaluar una dimensión, como la docencia, previamente evaluada y que resulta especialmente compleja de analizar fuera del contexto institucional en el que se ejerce.
En los casos en que las personas solicitantes no dispongan de evaluaciones docentes efectuadas con un manual acreditado, deben aportar las evidencias correspondientes de su actividad docente (narrativa docente, certificados, resultados de encuestas, entre otros), que evaluará directamente la CAR.
A modo de ejemplo, desde la puesta en marcha de las nuevas acreditaciones adaptadas a la LOSU, la CAR ya ha reconocido la dimensión docente en cuanto a un porcentaje importante de acreditaciones de profesorado agregado (con un periodo mínimo de cinco años) y de catedráticos y catedráticas (como mínimo con dos periodos de cinco años).
Reconocimiento de la dimensión docente en las nuevas acreditaciones de profesorado (abril-septiembre de 2025)
| | Total | Dimensión docente reconocida mediante los manuales | Porcentaje de peticiones reconocidas |
| Profesorado agregado | 86 | 21 | 24 % |
| Catedráticos y catedráticas | 24 | 12 | 50 % |
| Total | 110 | 33 | 30 % |
Una nueva etapa
Precisamente, dado que los manuales de evaluación docente adquieren ahora esta nueva función en el marco de las acreditaciones, AQU Catalunya está trabajando en una mejora de los procesos de certificación de los manuales con el objetivo de que las universidades puedan disponer de instrumentos más avanzados para evaluar la actividad docente del profesorado.
Esta reforma incorpora las recomendaciones del Programa Margalida Comas y contempla un conjunto de elementos compartidos, a propuesta de la Comisión de Política Docente Universitaria del Consejo Interuniversitario de Cataluña.
La revisión y actualización de los manuales de evaluación docente no solo responden a las exigencias normativas derivadas de la LOSU, sino que constituyen también una oportunidad estratégica para avanzar hacia un modelo de evaluación más coherente con los principios de la CoARA y con la reforma global de la evaluación de la investigación.
Entre los aspectos cualitativos más relevantes que se desea potenciar destacan la adopción de mecanismos avanzados de evaluación docente, como la observación en el aula entre compañeros, la elaboración de portafolios docentes o las estrategias más sofisticadas para recoger y analizar el punto de vista del estudiantado.
En este marco, la revisión y actualización de los manuales de evaluación docente no solo responden a las exigencias normativas derivadas de la LOSU, sino que constituyen también una oportunidad estratégica para avanzar hacia un modelo de evaluación más coherente con los principios de la Coalition for Advancing Research Assessment (CoARA) y con la reforma global de la evaluación de la investigación. Un modelo que refuerce la credibilidad de los procesos de acreditación, promueva el reconocimiento equilibrado de todas las dimensiones de la actividad académica y contribuya a fortalecer el sistema universitario en su conjunto.
Actualmente, la Agencia está trabajando en el diseño de esta nueva guía de evaluación de la actividad docente, que se prevé que pueda presentarse a lo largo del año 2026.