Las acreditaciones de profesorado a partir de la LOSU
La previsión es que las nuevas acreditaciones de profesorado permanente laboral y catedrático laboral se pongan en marcha a partir de principios de enero de 2025.
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Publicación trimestral de AQU Catalunya
La previsión es que las nuevas acreditaciones de profesorado permanente laboral y catedrático laboral se pongan en marcha a partir de principios de enero de 2025.
Hace un año se aprobó la ley orgánica del sistema universitario (LOSU). Su despliegue ha ido avanzando. En cuanto al profesorado, pueden mencionarse, de entrada, dos grandes temas: estructura de profesorado y acreditaciones. En el primer caso, el acuerdo reciente sobre financiación con el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades debería servir para avanzar en la contratación necesaria con el objetivo de adecuar la estructura de profesorado de las universidades para poder llevar a cabo la aplicación de la ley. En el caso de las acreditaciones, un tema que nos afecta a las agencias de forma evidente, se ha ido avanzando, tanto en lo que se refiere a las acreditaciones de cuerpos docentes como a las de personal laboral. Intentaré resumir dónde estamos y aportar información de hacia dónde vamos.
La LOSU, así como el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, publicado en el BOE el 6 de septiembre y que regula las acreditaciones, deja claro que la figura del profesorado permanente laboral (PPL) y la del profesorado titular de universidad (PTU) son equivalentes. Lo mismo se aplica a los catedráticos de universidad y a los catedráticos laborales. El tema es relevante dado que, en el contexto del sistema universitario español, en algunas comunidades autónomas se consideraba la figura del antiguo profesorado contratado doctor (PCD) como una etapa previa a la de profesorado titular de universidad. Este no era el caso en Cataluña, donde se equiparaba claramente la figura de profesorado agregado (equivalente al PCD) a la de profesorado titular de universidad. En este sentido, es bueno destacar que el Real Decreto 678/2023 establece que podrán optar a la acreditación de catedrático de universidad (CU) tanto los profesores titulares de universidad como los profesores laborales permanentes.
Dicho esto, ¿dónde estamos ahora? La Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA) ha publicado los procedimientos y criterios para la acreditación de PTU y CU. Las agencias autonómicas deben activar la adaptación de acreditaciones de profesorado laboral para que se ajusten a lo que dice la LOSU. Un primer paso de este proceso era la aprobación de los llamados criterios mínimos comunes en el plazo máximo de un año, lo cual se acordó el pasado mes de febrero en el marco de una reunión de la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria (REACU). A partir de estos criterios, corresponde ahora a las agencias de las comunidades autónomas aprobar las nuevas acreditaciones. Durante este proceso ANECA mantendrá abierta la acreditación de profesorado contratado doctor (PCD) hasta que todas las agencias hayan aprobado las nuevas acreditaciones de PPL. En cualquier caso, cabe recordar que a escala estatal el PPL (como su antecesor, el PCD) no es una acreditación que apruebe ANECA, sino que la propuesta de esta acreditación depende del Ministerio de Universidades y ANECA asume su evaluación.
Ya vemos que el escenario tiene una cierta complejidad, tanto de calendario como de contenidos por desplegar. En efecto, la publicación por parte de ANECA de los criterios para la evaluación de los sexenios a finales de 2023 y de los criterios para la acreditación de los cuerpos docentes (PTU y CU) pone sobre la mesa la importancia de lo que está en juego para adaptarse a la LOSU. Siguiendo las tendencias marcadas por DORA (Declaración de San Francisco sobre la Evaluación de la Investigación), CoARA (Coalición para el Avance de la Evaluación de la Investigación) y otras iniciativas similares: cuanto mayor peso tenga la evaluación cualitativa, mayor será el reconocimiento de la interdisciplinariedad y la relevancia local, el papel de la ciencia abierta, la incorporación cuando proceda de los méritos profesionales, los indicadores de docencia relacionados con programas de evaluación de la calidad docente y un largo etcétera de temas a los que hay que prestar atención y dar cabida.
En el caso de Cataluña, la Comisión de Evaluación de la Investigación (CAR) de AQU Catalunya es la responsable de aprobar los criterios para profesorado permanente laboral y catedrático laboral adaptados a la LOSU. Una vez conocidos los criterios mínimos comunes de REACU, los trabajos de adaptación se pusieron en marcha. La presidenta de la CAR informó del calendario de esta adaptación en el Consejo de Gobierno de AQU Catalunya del 16 de abril. La previsión es que las nuevas acreditaciones de profesorado permanente laboral y catedrático laboral se pongan en marcha a partir de principios de enero de 2025. Mientras, seguirán abiertas, con todas las garantías legales de acuerdo con lo dispuesto en la LOSU, las acreditaciones actuales de investigación e investigación avanzada que van asociadas a las figuras de profesorado agregado y catedrático laboral.