La evaluación previa para poder ser admitido a los procesos de selección del profesorado contratado en las instituciones del sistema de educación superior de Cataluña, como requisito que acredita que las personas evaluadas cuentan con una capacidad investigadora determinada. Una vez obtenida la acreditación, el proceso de selección y contratación corresponde a las instituciones de educación superior, que son las que aprueban las convocatorias de profesorado, definen los requisitos de experiencia, especialidad y capacidad deseados, y seleccionan a las personas que mejor se adecúan a los perfiles convocados.
La evaluación de méritos de investigación (“sexenios”), asociados a retribuciones por productividad para el personal docente e investigador funcionario y contratado, que acredita la realización de actividad de investigación durante el período evaluado, en los términos previstos en la legislación. En el caso de las universidades públicas, corresponde al Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno, la asignación de las correspondientes retribuciones. Redacción - AQU Catalunya
El objetivo del presente artículo es describir los distintos mecanismos con los que cuenta el Área de Profesorado e Investigación para medir la satisfacción de los usuarios en el servicio público que presta. En concreto, en el marco de la evaluación de las personas que quieren acceder a una plaza de profesorado contratado en las universidades públicas catalanas y que necesitan disponer de un informe favorable previo, en el caso de la categoría de profesorado lector, y de una acreditación de investigación o de investigación avanzada, para las categorías de agregado y catedrático, respectivamente.
Núria Márquez - Técnica de evaluación del Área de Evaluación de Profesorado e Investigación