AQU Catalunya abre la primera convocatoria de evaluación del desempeño del profesorado lector
Esta evaluación, disponible para universidades que hayan firmado un convenio con la Agencia, tiene como objetivo valorar el progreso y la calidad de la actividad docente e investigadora del profesorado lector.
AQU Catalunya abre hoy la primera convocatoria de evaluación del desempeño del profesorado lector. Esta evaluación tiene como objetivo valorar el progreso y la calidad de la actividad docente e investigadora del profesorado lector, así como, en su caso, su contribución a la transferencia e intercambio de conocimiento. Esta valoración debe facilitar a este profesorado la consecución de los méritos necesarios para obtener la acreditación que les permita optar a una plaza de profesorado permanente al finalizar su contrato con las universidades.
Las solicitudes, a las que se puede acceder desde hoy aquí, podrán ser presentadas por todos aquellos profesores y profesoras que tengan un contrato como profesorado lector en vigor —a partir de la entrada en vigor de la LOSU— en una universidad catalana que, a su vez, tenga un convenio vigente para encargar esta evaluación a AQU Catalunya. Uno de los requisitos es que hayan transcurrido como mínimo tres años desde el inicio del contrato entre el profesorado y la universidad. Además, AQU Catalunya tiene previsto evaluar al profesorado lector contratado en el marco del Pla Serra Húnter y al profesorado lector de las universidades que encarguen esta evaluación mediante convenio.
Esta evaluación solo puede solicitarse una única vez y, dado que su finalidad es meramente orientadora, el resultado obtenido no tiene carácter vinculante en relación con otras evaluaciones que la persona solicitante pueda pedir a AQU Catalunya. La implantación de esta nueva modalidad de evaluación en la Agencia deriva del artículo 78.e de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario. Esta norma establece que, transcurridos los tres primeros años del contrato, las universidades deben llevar a cabo una evaluación orientativa del desempeño del profesorado ayudante doctor (profesorado lector, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña).
Podéis consultar los criterios y el procedimiento aquí, y las preguntas frecuentes sobre esta evaluación, aquí.