AQU Catalunya hace público el proceso de evaluación del desempeño del profesorado lector
La Comisión de Evaluación de la Investigación (CAR) ha diseñado este proceso, que estará disponible a partir del 13 de abril, para el profesorado lector del Plan Serra Húnter y de las universidades catalanas que hayan encargado a la Agencia, mediante convenio, esta actividad de evaluación.
El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado hoy la resolución que da publicidad al proceso de evaluación del desempeño del profesorado lector, un nuevo servicio que ofrecerá AQU Catalunya a partir del próximo mes. El proceso ha sido diseñado para evaluar el desempeño del profesorado lector y valorar su progreso y la calidad de la actividad docente, investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio de conocimiento.
Tal como establece el artículo 78.e de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), esta evaluación debe ser realizada por las universidades o por las agencias de calidad si las universidades así lo encargan mediante la firma de un convenio. Por este motivo, y a raíz del interés mostrado por algunas universidades catalanas, la Comisión de Evaluación de la Investigación (CAR) de AQU Catalunya ha diseñado este proceso de evaluación, que se incluirá en su catálogo de servicios y comenzará a ofrecerse el 13 de abril de 2026.
El profesorado destinatario de esta evaluación es el profesorado lector contratado en el marco del Plan Serra Húnter y el profesorado lector de las universidades que encarguen la evaluación a AQU Catalunya mediante la firma de un convenio. Una vez firmados los convenios, los profesores y profesoras interesados podrán presentar la solicitud de evaluación. Este trámite no tiene coste para el profesorado, ya que es asumido por la universidad. Esta evaluación solo puede solicitarse una única vez y, dado que su finalidad es meramente orientadora, el resultado obtenido no tiene carácter vinculante respecto a otras evaluaciones que la persona solicitante pueda pedir a AQU Catalunya.
Los convenios con las universidades, que tendrán una duración de cuatro años y podrán prorrogarse por otros cuatro, permitirán que el profesorado lector que cumpla las condiciones de evaluación pueda solicitar un informe a la Agencia. Las condiciones que deberá cumplir el profesorado lector son disponer de un contrato vigente como profesorado lector formalizado después de la LOSU o acreditar una antigüedad mínima de tres años en un contrato de profesorado lector.
La CAR, a través de sus comisiones específicas, resolverá en un plazo máximo de seis meses la solicitud. Para ello, las comisiones aplicarán los Criterios para la acreditación de profesorado agregado, especialmente las dimensiones de Investigación y transferencia y de Docencia universitaria: trayectoria y calidad docente e innovación docente. El informe de evaluación del desempeño del profesorado lector podrá ser favorable o no favorable. En cuanto a los méritos de investigación y transferencia, la Comisión de Evaluación de la Investigación aplicará las mismas consideraciones establecidas en los criterios de acreditación de profesorado agregado, adaptadas al momento y contexto de las personas candidatas.
La obtención de un informe favorable indica que las personas solicitantes han alcanzado un proceso de maduración académica suficiente para optar a la acreditación de profesorado agregado al final de su contrato. Tanto si el resultado es favorable como desfavorable, el informe incluirá una motivación general con recomendaciones específicas para que las personas solicitantes puedan alcanzar los méritos necesarios para obtener la acreditación de profesorado agregado y así poder concurrir a una plaza de profesorado agregado una vez finalizado el contrato como profesorado lector.