La CAIP aprueba un acuerdo sobre la autorización de centros extranjeros en Catalunya
La Comisión de Evaluación Institucional y de Programas (CAIP) introduce ajustes en el procedimiento vigente.
La Comisión de Evaluación Institucional y de Programas (CAIP) aprobó en la última reunión, celebrada el 25 de febrero, un acuerdo sobre el procedimiento de evaluación para la autorización de centros que imparten enseñanzas de acuerdo con sistemas educativos extranjeros.
Estos acuerdos se han aprobado tras la entrada en vigor del Real Decreto 905/2025, de 7 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios; el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos; el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales; y el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, que incluye un criterio relativo a la necesidad de que estos centros dispongan de un Sistema Interno de Garantía de la Calidad (SIGC), cuyo diseño e implantación deben ser certificados.
Esta modificación exige concretar la forma en que debe abordarse la evaluación de estos centros en el marco de los procedimientos que actualmente aplica AQU Catalunya, con el fin de asegurar una actuación homogénea, coherente y conforme con el marco normativo aplicable.
La CAIP, de acuerdo con las funciones que le corresponden —establecidas en el artículo 4 de su reglamento de funcionamiento interno—, acordó que las solicitudes de evaluación vinculadas a la autorización de centros que impartan enseñanzas de acuerdo con sistemas educativos extranjeros en Catalunya y recibidas en AQU Catalunya hasta el 31 de enero de 2026 se evaluarán de acuerdo con la metodología vigente de AQU Catalunya. Según este acuerdo, en el momento de contactar con los centros para iniciar el proceso de evaluación, se les informará de que deberán certificar el diseño e implantación de su Sistema Interno de Garantía de la Calidad (SIGC) de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable.
En cuanto a las solicitudes recibidas con posterioridad al 31 de enero de 2026, se evaluarán de acuerdo con la metodología vigente de AQU Catalunya y se evaluará el diseño del SIGC según lo establecido en la guía y el procedimiento para la certificación de Sistemas Internos de Garantía de la Calidad en centros de educación superior. Este acuerdo tiene vigencia hasta la aprobación formal y entrada en vigor de una metodología y procedimiento específicos de evaluación aplicables a estos centros.
Puede consultarse el acuerdo completo aquí.