Suspensión de los plazos de acreditación de las titulaciones oficiales
El Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19 establece la suspensión de plazos administrativos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Asimismo, dispone que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que acabe la vigencia de este real decreto o sus prórrogas.
En consecuencia, los plazos relativos a la renovación de la acreditación de titulaciones oficiales universitarias quedan suspendidos desde el día 14 de marzo de 2020. Por lo tanto, a la fecha máxima para la renovación de la acreditación (DMA) se le deberá sumar el periodo de tiempo que haya estado en vigor el estado de alarma.
Sin embargo, y con el fin de no crear ningún perjuicio, AQU Catalunya, en coordinación con las universidades, están efectuando visitas externas virtuales para ir avanzando procesos de acreditación y de implantación de la acreditación institucional en centros.
La renovación de la acreditación de las titulaciones oficiales universitarias en Cataluña se realiza dentro de los plazos siguientes:
- Los títulos oficiales de grado de entre 180 y 240 créditos podrán mantener su oferta por un periodo máximo de seis años antes de renovar su acreditación.
- Los títulos oficiales de grado de 300 créditos podrán mantener su oferta por un periodo máximo de siete años antes de renovar su acreditación.
- Los títulos oficiales de grado de 360 créditos podrán mantener su oferta por un periodo máximo de ocho años antes de renovar su acreditación.
- Los títulos oficiales de máster podrán mantener su oferta por un periodo máximo de cuatro años antes de renovar su acreditación.
- Los programas de doctorado pueden continuar con su implantación, en los términos establecidos en la última memoria de verificación, por un periodo máximo de seis años.