AQU Catalunya recibió 85 solicitudes de verificación y 246 de modificación durante la convocatoria de 2025
Los expedientes de estos dos tipos de evaluación que ha recibido la Agencia han aumentado respecto a la convocatoria anterior.
AQU Catalunya recibió un total de 85 solicitudes de verificación y 246 solicitudes de modificación de titulaciones durante la convocatoria de 2025. El número de estas solicitudes, presentadas por las universidades, ha aumentado respecto a la convocatoria de 2024. En cuanto a las solicitudes de verificación, el incremento ha sido del 10 % —se han recibido ocho más—; en el caso de las modificaciones, ha sido del 46 %, ya que se ha pasado de 169 en 2024 a 246 en 2025. Esta tendencia consolida una línea ascendente que ya se había observado en los últimos años y que es consecuencia, entre otros factores, de la entrada en vigor del Real Decreto 822/2021.
En cuanto a los resultados, el porcentaje de informes de verificación favorables se ha reducido del 95 % en 2024 al 83 % en 2025. En el caso de las modificaciones, los resultados se han mantenido prácticamente iguales: entre las convocatorias de 2024 y 2025 se ha producido un aumento de informes favorables de solo el 0,5 %.
La verificación es un modelo de evaluación que implica una acreditación ex ante de los programas formativos, es decir, antes de que estén implantados. Por un lado, tiene como objetivo asegurar la calidad de las propuestas de titulaciones de grado y máster —de modo que sean adecuadas en contenido y forma tanto para la evaluación como para la generación de la información pública asociada a las titulaciones oficiales— y, por otro, genera una dinámica de mejora continua mediante la detección de fortalezas y debilidades y, en su caso, la aportación de propuestas de mejora que deben considerarse a lo largo del despliegue de la titulación.
Las modificaciones que se introducen en las memorias verificadas de los títulos oficiales se evalúan aplicando los mismos estándares y criterios que se detallaron en la evaluación de las propuestas de verificación. De acuerdo con el Real Decreto 822/2021, las modificaciones pueden ser no sustanciales —cambios menores que mejoran el título y que son fruto del seguimiento que cada centro realiza con la periodicidad establecida en su sistema interno de garantía de la calidad— y sustanciales —cambios que mejoran el título y que también derivan del seguimiento o de requerimientos procedentes de procesos de evaluación previos, pero que superan el alcance de la modificación no sustancial—. En última instancia, la comisión de evaluación correspondiente será quien determine si las modificaciones presentadas suponen o no un cambio significativo en la titulación.