Modificación de la Guía de acreditación de los programas oficiales de doctorado
La Comisión de Evaluación Institucional y de Programas (CAIP) aprobó el pasado 19 de noviembre la modificación de la Guía para la acreditación de los programas oficiales de doctorado.
La Comisión de Evaluación Institucional y de Programas (CAIP) aprobó el pasado 19 de noviembre la modificación de la Guía para la acreditación de los programas oficiales de doctorado.
Los cambios principales se han producido en la dimensión que evalúa la calidad de los resultados (Dimensión 6):
- Se ha modificado la redacción del estándar para que refleje que lo que se evalúa en esta dimensión es el logro de los resultados del aprendizaje y la adecuación de los resultados académicos y de satisfacción de los doctorandos.
- El subestándar 6.1 establece más claramente que los resultados del aprendizaje que se alcanzan se corresponden a los objetivos formativos del programa de doctorado y son coherentes con los que establece el Marco de calificaciones catalán.
- El antiguo subestándar 6.2 se divide en dos: por un lado se establece que los resultados académicos y científicos derivados de las tesis son adecuados y coherentes con el perfil de formación (6.2) y, por la otra se evalúa la satisfacción de doctorandos con el proceso de formación (6.3).
Además, las rúbricas correspondientes a los cuatro subestándar se modifican para hacerlas coherentes con los nuevos subestándares y se incorpora el Anexo III con las especificaciones del Marco de calificaciones catalán para el nivel 4 (programas de doctorado).
Esta Guía se aplicará a las visitas externas a partir del mes de enero de 2021, pero no afecta los autoINFORMES ya entregados.
Guía para la acreditación de los programas oficiales de doctorado_es