Certificación del SIGC
La importancia de los sistemas internos de garantía de la calidad (SIGC) y su influencia en el sistema de educación superior se demuestra en los requisitos que se establecen en las diferentes normas que regulan las enseñanzas universitarias.
Para la implantación de nuevas titulaciones de grado, máster y doctorado, los Reales Decretos 822/2021 y 99/2011, exigen que éstas cuenten con un SIGQ implantado, cuyo diseño se evalúa en la fase de verificación.
Por otro lado, el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio (que deroga el Real Decreto 420/2015) establece la nueva acreditación institucional en la que la certificación de la implantación del SIGQ juega un papel clave.
Desde 2007, AQU Catalunya ha ayudado a las instituciones de educación superior a diseñar los SIGC de sus centros universitarios a través del programa AUDIT. Ahora que los SIGC llevan varios años implantados en los centros de educación superior de Cataluña, la Agencia ha desarrollado este programa para evaluar su desarrollo y otorgar, en su caso, la correspondiente certificación.
Objetivo
El objetivo de la evaluación para la certificación del SIGC es comprobar que el sistema está implantado y desarrollado en el centro responsable de la impartición de las titulaciones bajo el alcance del SIGC, y que es adecuado para la garantía de su calidad.
La certificación del SIGC evidencia que el centro docente tiene asegurado el funcionamiento adecuado de, como mínimo, los mecanismos de actuación que forman parte de los procesos de verificación, seguimiento, modificación y acreditación de títulos que aseguran su mejora continua.
Efectos
- Los centros que dispongan de la certificación de la implantación de su SIGC i hayan acreditado como mínimo el 50% de los grados i el 50% de los másteres que imparten podrán optar a la acreditación internacional.
- Si el centro cuenta con una certificación de la implantación de su SIGC pero aún no han acreditado el porcentaje de titulaciones necesarias para la obtención de la acreditación institucional, el resto de títulos que se presenten a los procesos de verificación, modificación i acreditación, estarán exentos de presentar documentación adicional relativa a los sistemas de garantía de la calidad.
Requisitos
Para poder optar a la certificación de la implantación del SIGC, las instituciones de educación superior deberán garantizar que se cumplen previamente unos requisitos que permitan asegurar la viabilidad de la evaluación externa.
El centro debe garantizar que se cumplen los siguientes aspectos:
- Disponer de titulaciones bajo el alcance del SIGC de las que ya han salido personas tituladas.
- El diseño del SIGC implantado ha recibido un informe favorable dentro del programa AUDIT o, en su defecto, ha sido evaluado favorablemente por la unidad técnica de calidad (UTQ) de la institución.
- El SIGC del centro es un sistema maduro y estable, con todos los procesos relacionados con la calidad de los programas formativos implantados, y obtiene unos resultados satisfactorios.
- El centro ha revisado el SIGC menos una vez. Y, si fuera necesario, se ha puesto en marcha un plan de mejoras como consecuencia de esta revisión.
- La información sobre los procesos de evaluación del Marco VSMA en que ha participado el centro y sobre los informes derivados es completa y accesible para todos los grupos de interés.
- Existen evidencias claras de que se llevan a cabo acciones de mejora como consecuencia de las evaluaciones realizadas.
Si algunos de estos elementos no estuvieran satisfechos durante el proceso de certificación del SIGC, el resultado de la certificación sería desfavorable.
Metodología y preguntas frecuentes
Guías
Esta guía se aplica a los procesos de certificación que tienen la visita previa planificada a partir de enero de 2024:
Guía para la certificación de sistemas internos de garantía de la calidad en centros de educación superior (octubre 2023)
Esta guía se aplica a los procesos de certificación que tienen la visita previa anterior a enero de 2024:
Guía para la certificación de la implantación de sistemas de garantía interna de la calidad (febrero de 2020)
Procedimiento
Procedimiento para la certificación de los SIGC en centros de educación superior (diciembre 2023)
Documentos y criterios
10 Claves para reducir las enmiendas de un informe de certificación
Criterios para la redacción de informes de certificación de la implantación de SIGC (mayo 2021)
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre la metodología
Solicitud y procedimiento de evaluación
El plazo de presentación de solicitudes está abierto de manera permanente. Anualmente y de forma conjunta, AQU Catalunya y las universidades planificarán la certificación de la implantación del SIGC de sus centros, que el Consejo de Gobierno aprobará. Las instituciones presentarán una solicitud de certificación para cada centro, o bien para los elementos transversales del SIGC a través del "Trámite genérico de las universidades en AQU Catalunya" del EACAT.
Indicad el texto siguiente:
A nivel TRANSVERSAL
- Asunto: "Solicitud de evaluación de los elementos transversales del SIGC de los centros docentes integrados en las universidades."
- Cuerpo: "La Universidad solicita la evaluación de los elementos transversales del SIGC de sus centros docentes integrados. La Universidad se compromete a adjuntar la documentación necesaria para realizar la evaluación en la plataforma AVALUA cuando AQU Catalunya inicie la fase de evaluación."
- Documentación anexa: no hay que aportar documentación, ya que se hace a través del AVALUA.
- Firma: la solicitud ha de validarse y firmar electrónicamente.
A nivel de CENTRO
- Asunto: "Solicitud de la certificación de la implantación del SIGC de XXX (indicar el nombre del centro)."
- Cuerpo: "La Universidad solicita la certificación de la implantación del SIGC de XXX (indicar el nombre del centro)."
- Documentación anexa: no hay que aportar documentación, ya que se hace a través del AVALUA.
- Firma: la solicitud ha de validarse y firmar electrónicamente.
Tres meses antes de la visita de certificación del comité de evaluación externa (CEE-SIGC), la institución deberá hacer accesible, preferiblemente vía web, la documentación asociada con la implantación del SIGC siguiente:
- Manual de calidad y de procesos del SIGC.
- Relación de los indicadores ligados al SIGC y de los últimos valores alcanzados y utilizados para la revisión de los procesos, según la periodicidad establecida en el mismo SIGC.
- Registros generados por el SIGC, como los informes de revisión del SIGC, los planes de mejora, etc.
El CEE-SIGC hará una revisión inicial de la documentación que podría dar lugar a una visita preliminar y emitirá un informe en el que valorará la calidad de las evidencias aportadas, la necesidad de aportar nuevas y la pertinencia de continuar el proceso de certificación.
Una vez aportadas, en su caso, las nuevas evidencias, el CEE-SIGC llevará a cabo una visita de certificación al centro para conocer, in situ, el grado de implantación y de funcionamiento del SIGC y la capacidad que tiene para garantizar la calidad de la formación.
Como resultado de la visita, el CEE-SIGC pondrá a disposición de la Comisión Específica de Evaluación Institucional (CEAI) el informe previo de evaluación externa y corresponde a la CEAI la emisión del informe previo de certificación.
La institución podrá hacer alegaciones al informe previo que resulte de la visita externa y al informe previo de certificación. En caso de que el informe previo de evaluación externa requiera modificar obligatoriamente el SIGC, el centro dispondrá de un plazo máximo de seis meses para hacer llegar al CEE-SIGC un plan de acciones correctivas y las evidencias correspondientes que muestren que se ha dado respuesta a los incumplimientos observados. El CEE-SIGC hará una valoración del plan de acciones y las evidencias presentadas, y emitirá el informe definitivo de evaluación externa.
La CEAI emitirá el informe de certificación en términos de favorable o desfavorable.
Los informes emitidos por la CEAI pueden ser objeto de recurso de alzada ante la Comisión de Apelaciones de AQU Catalunya. La Comisión de Apelaciones resolverá en el plazo máximo de tres meses. Esta resolución agota la vía administrativa.
Validez
El certificado tendrá una validez de seis años, prorrogable por periodos idénticos tras superar un nuevo proceso de evaluación externa.
Durante el período de vigencia de la certificación, la CEAI se reserva el derecho de modificar su alcance, suspenderla o revocarla cuando:
- Se produzcan cambios que alteren de manera adversa e irreversible las condiciones en las que se certificó el SIGC.
- Se haga un uso inapropiado del certificado.